Contraloría dictó que universidades podrán cobrar el arancel completo de las carreras que cursen los alumnos de los seis primeros deciles de ingreso, que obtuvieron la gratuidad entre 2016 y 2018, pero perdieron el beneficio por atrasarse un año en sus carreras.
Con casi 380.000 beneficiarios, la gratuidad comenzó a regir el 2016 mediante las leyes de presupuesto, pero la nueva reforma en la educación superior trajo consigo artículos que modificaron ciertos aspectos en el beneficio.
Lo anterior se debe a que un artículo de la nueva Reforma a la Educación Superior (Ley 21.091) no estaría contemplado para los alumnos que obtuvieron el beneficio cuando regía por las leyes de presupuestos. Este artículo, establece que si un estudiante excede en un año la carrera, perdiendo la gratuidad, la universidad podrá cobrarle hasta el 50% del arancel regulado, haciéndose cargo del resto, con la intención de ayudar a los estudiantes más vulnerables que se hayan atrasados y que no puedan pagar de un momento a otro el total de la deuda.