La Defensoría Penal Pública, a través de la abogada Andrea Astudillo Saldivia, logró que la Corte Suprema de Chile decretara la libertad inmediata de un imputado que se encontraba detenido por un delito de robo con violencia. La decisión se tomó el 18 de diciembre de 2025, tras revisar el caso y determinar que la acusación fue presentada por el Ministerio Público fuera del plazo legal, vulnerando el derecho a la libertad del imputado.
PLAZOS
Después de comunicar el cierre de la investigación el 10 de octubre de 2025, la Fiscalía tenía 10 días para presentar la acusación, plazo que venció el 20 de octubre 2025. Sin embargo, la acusación fue presentada por el Ministerio Publico el 27 de octubre, es decir, 7 días después del vencimiento del plazo legal. En este contexto, la defensa solicitó al tribunal de garantía una audiencia para discutir el sobreseimiento definitivo del caso, ya que la falta de acusación en el plazo legal debería haber resultado en la liberación del imputado, según lo dispuesto en los artículos 247 y 250 del Código Procesal Penal.
A pesar de ello, se le negó dicha solicitud, debiendo recurrir posteriormente ante la Corte de Apelaciones de Antofagasta y finalmente ante la Corte Suprema. El tribunal de alzada, acogió los argumentos de la defensa y corrigió conforme a derecho, dictando el sobreseimiento definitivo y ordenando la inmediata libertad.
La abogada Andrea Astudillo Saldivia destacó que el error procesal de la Fiscalía y la falta de acción del Tribunal de Garantía para corregir la situación, prolongaron indebidamente la detención del imputado.
PRECEDENTE
La Corte Suprema, al revisar el caso, determinó que los plazos legales no fueron cumplidos por la Fiscalía, y que el Tribunal de Garantía no actuó conforme a lo que la ley establecía, por lo tanto, ordenó el sobreseimiento definitivo y la liberación inmediata del imputado.
Andrea Astudillo Saldivia destacó la decisión adoptada por el máximo tribunal “Este fallo reafirma la importancia de que se respeten los plazos establecidos por la ley. Los defensores estamos mandatados no solo a entregar una defensa de carácter técnica, sino que también, a velar por el respeto irrestricto de los derechos y garantías que le asisten a cualquier persona consagrados en la constitución y los tratados internacionales”, señaló la abogada.