El Senado aprobó el proyecto de ley que sanciona penalmente la fabricación, importación, comercialización, distribución, venta, entrega a cualquier título, y el uso de fuegos artificiales, y quedó lista para ser promulgada como ley de la República. El ministro del Interior, Rodrigo Delgado, comentó al respecto.
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La norma, entonces, sancionará ya no como una falta sino como delito simple el mercado ilegal de los fuegos artificiales, artículos pirotécnicos, sus partes, dispositivos y piezas.
Es decir, si una persona es sorprendida con posesión de alguno de estos artefactos, y sin la autorización de la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN), podrá ser sancionada con presidio menor en su grado mínimo (desde los 61 días de cárcel hasta 540 días). Además, podrá ser multado con 5 a 20 UTM, unos 250 mil pesos hasta 1 millón de pesos.